PACTO INTERNACIONAL DE DERECHOS CIVILES Y POLÍTICOS -PIDCP-
Adoptado y abierto a la firma, ratificación y adhesión por la Asamblea General de las Naciones Unidas, en su resolución 2200 A (XXI), Nueva York, Estados Unidos de América, el 16 de diciembre de 1966, entrando en vigencia el 23 de marzo de 1976.
Se trata de un tratado multilateral que establece mecanismos de protección y garantía de los derechos allí reconocidos.
En ese mismo año que se adopta el PIDCP, también se aprobaba el "Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales" PIDESC- Ambos son reconocidos por la Argentina y están mencionados en nuestra Carta Magna, la Constitución Nacional en el Art. 75 inc. 22. Actualmente algunos autores denominan a éste ultimo pacto "PIDESCyA"- El Pacto Internacional -DESCA- reconociendo expresamente en su sigla al Medio Ambiente, mencionado en el Art. 12.
Reconocemos que se trata de un Pacto Internacional con un extenso articulado, pero en esta oportunidad mencionaremos al Art. 14 el cual reconoce el Derecho a la Justicia con las debidas Garantías Mínimas, posee una redacción similar al Art.8 de la CADH.
Ambos artículos se complementan y establecen las garantías mínimas judiciales que debe regular todo proceso.
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